martes, 11 de octubre de 2011

Conceptos fundamentales sobre citación, emplazamiento y notificación agrarias

Citación es el acto de poner en conocimiento de alguna persona un mandato del juez o tribunal para que concurra a la práctica de alguna diligencia judicial; será, por tanto, un llamamiento al citado para que asista a un acto determinado.

El emplazamiento es el llamamiento que se hace a quien va dirigido, no para su asistencia a un acto concreto y determinado, sino para que dentro del plazo señalado comparezca en juicio ante el tribunal para el cual se le emplaza, a usar de su derecho, so pena de sufrir el perjuicio a que hubiere lugar.

La notificación es el acto por el cual se hace saber en forma legal a alguno un mandato judicial, en lo cual coincide con la citación y el emplazamiento; pero como las resoluciones de los tribunales no son todas iguales, sino de varias clases y producen también distintos efectos, se impone para su diferenciación y para la determinación de sus respectivas consecuencias, el empleo de un tecnicismo apropiado que limite y especifique el concepto legal de notificación, de citación y emplazamiento.

Notificación, concretamente, es la actuación encaminada a hacer saber a los interesados cualquier resolución judicial con objeto de que surta todos sus efectos en cuanto a la persona a quien hubiere sido notificada.

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